Oculta la Auditoría los nombres de empresas fantasma usadas en desvíos de recursos
Muna Buchahin, exauditora de la ASF, asegura que ocultar los nombres de las empresas significa un “retroceso” porque “la omisión abona a la impunidad”; por su parte la ASF no ha explicado el porqué de la decisión.
@ASF_Mexico
Por
Nayeli Roldán
@nayaroldan
22 de febrero, 2019
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En contraste con lo ocurrido en los últimos cinco años, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) omitió los nombres de las empresas fantasma utilizadas para desviar recursos públicos a través del esquema conocido como La Estafa Maestra.
Estas empresas fueron subcontratadas en 2017 por tres universidades y una empresa publica estatal de radio y televisión para cumplir con supuestos servicios solicitados por las secretarías de Desarrollo Territorial (Sedatu) y de Agricultura (Sagarpa), aunque estos servicios en realidad no fueron proporcionados.
En las auditorías realizadas desde 2012 y hasta 2016 en las que detectó este esquema de presunto desvío, la ASF había publicado los nombres de las empresas, pero por primera vez sólo las enumera y se refiere a ellas como “personas morales”.
Dicha omisión se observó en el Tercer Informe de Cuenta Pública de 2017, entregado este miércoles a la Cámara de Diputados, y el primero elaborado en la administración del nuevo auditor, David Colmenares, quien inició funciones en marzo de 2018 en sustitución de Juan Manuel Portal.
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En Informe se comprueba que el gobierno de Enrique Peña Nieto mantuvo en 2017 el mismo esquema de desvío de recursos conocido como La Estafa Maestra y mediante el cual más de 351 millones de pesos de dinero público desaparecieron en las secretarías de Desarrollo Territorial, que encabezaba Rosario Robles, y de Agricultura, que tenía a José Calzada como titular.
Dichas dependencias utilizaron en 2017 a la Universidad Politécnica de Tlaxcala, la Tecnológica de Campeche, el Instituto Tecnológico Superior de Centla y nuevamente a Radio y Televisión de Hermosillo (Telemax), y cada una subcontrató a empresas que no hicieron los servicios porque, en algunos casos, ni siquiera existían, según determinaron las auditorías.
Leer: Pese a denuncias, en 2017 se repitió La Estafa Maestra en la Sedatu y Sagarpa
Animal Político solicitó este jueves a la Auditoría una entrevista para conocer los criterios por las cuales decidieron omitir los nombres de las compañías, pero no hubo respuesta.
Ante esto, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) hace un exhorto a la Auditoría Superior de la Federación a publicar los nombres de las personas morales, toda vez que la Ley General de Transparencia priva el derecho a saber quienes reciben recursos públicos.
“Invitamos a que se reconozca que la fracción 27 del artículo 70 de la Ley General de Transparencia obliga a que en cualquier circunstancia se de a conocer los nombres de las empresas beneficiadas por cualquier tipo de mecanismo de algún bien público”, aseguró el comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, en entrevista con Animal Político.
Acuña advirtió que el trabajo de la Auditoría es indispensable para la fiscalización de los recursos públicos y su buen trabajo ha abonado a la rendición de cuentas en el país, por lo que siempre se parte del principio de “buena fe” y esta omisión, dice, probablemente obedece al cuidado que las instituciones de gobierno tienen respecto a señalamientos sobre la probable comisión de delitos.
Sin embargo, también existe el principio de “buscar la corrección del error”, por lo que la Auditoría tendría que revisar y corregir esta decisión, porque en este caso no se trata de un proceso penal que sí exige la secrecía en la investigación, y por tanto, “esos nombres no se pueden omitir”, dijo el comisionado presidente.
Muna Dora Buchahin, exauditora general del área de Auditoría Forense de la ASF y quien encabezó las investigaciones de 2013 y 2014 que sirvieron de punto de partida para la investigación periodística La Estafa Maestra, aseguró que ocultar los nombres de las empresas significa un “retroceso” en la Auditoría porque “la omisión abona a la impunidad” y ésta decisión es “un inhibidor en la rendición de cuentas y una censura hacia los ciudadanos”.
El criterio que ella y su equipo utilizaron en años anteriores para hacer público el nombre de las empresas fue preponderar los principios de máxima publicidad y transparencia establecida en la Constitución pues “todo lo que toca el gobierno se vuelve público”, explicó a Animal Político.
La exfuncionaria afirma que los ciudadanos tienen derecho a información clara, completa, oportuna y accesible sobre las actividades mediante las cuales se ejercen recursos públicos y “los funcionarios públicos no tenemos el derecho subjetivo de decir qué reservo y qué no. Tenemos la obligación de dar publicidad a los actos relacionados con nuestras atribuciones e informar nuestros hallazgos”.
Dar a conocer el nombre de las empresas no viola ningún derecho a la intimidad ni datos personales porque se trata de compañías que realizaron actos con la administración pública y “no son actos entre particulares”, aseguró Buchahin.
Además, los informes de auditoría no son investigaciones penales, por lo que argumentar que dicha información forma parte de actos judiciales que pudieran ser afectados no sería válido, advierte Buchahim.
Aunque Buchahin encabezó las auditorías que evidenciaron la presunción de delitos y que originó 22 denuncias penales ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR) por este esquema de desvío, fue separada del cargo el 23 de mayo de 2018, dos meses después de la administración del nuevo auditor argumentando un supuesto “conflicto de interés” por parte de la funcionaria.
Sin embargo, Buchain aseguró en una carta que su separación fue “tan sorpresiva como improcedente”, por lo que pedía las razones precisas para separarla del cargo.
La transparencia
La Auditoría es un organismo autónomo técnico de la Cámara de Diputados, por lo tanto es a la entidad que debe responder. El diputado Tonatiuh Bravo, integrante de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, que recibió el Informe este miércoles, dijo que pidió explicación a los funcionarios de la Auditoría respecto al cambio en la presentación de los informes, pero tampoco respondieron.
En entrevista con Animal Político, el diputado de Movimiento Ciudadano, aseguró que insistirán en el tema para conocer las razones, porque debería privar la transparencia “una vez que se concluye la investigación y se tiene un límite de presunto y se tiene una mínima de corroboración, debe comunicarse”.
Marco Fernández, coordinador de Anticorrupción y Educación en la organización México Evalúa y profesor-investigador de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tec de Monterrey, aseguró que el nombres de las empresas “debe ser público” porque así lo establece la Ley General de Transparencia y de las disposiciones generales de Compranet.
En el artículo 6 de la Ley General de Transparencia se establece que el Estado “garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier entidad”, incluyendo a “cualquier persona física, moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito de la Federación, de las Entidades Federativas y los municipios”.
Mientras que el artículo 115 mandata que “no podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción”. Sólo puede considerarse como información confidencial los datos personales, los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal (…) o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos”.
Incluso, el investigador Marco Fernández sostiene que los convenios entre las dependencias y universidades deberían publicarse en el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (Compranet), toda vez que en los lineamientos se establece que es publicar en dicho siste
Muna Buchahin, exauditora de la ASF, asegura que ocultar los nombres de las empresas significa un “retroceso” porque “la omisión abona a la impunidad”; por su parte la ASF no ha explicado el porqué de la decisión.
@ASF_Mexico
Por
Nayeli Roldán
@nayaroldan
22 de febrero, 2019
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En contraste con lo ocurrido en los últimos cinco años, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) omitió los nombres de las empresas fantasma utilizadas para desviar recursos públicos a través del esquema conocido como La Estafa Maestra.
Estas empresas fueron subcontratadas en 2017 por tres universidades y una empresa publica estatal de radio y televisión para cumplir con supuestos servicios solicitados por las secretarías de Desarrollo Territorial (Sedatu) y de Agricultura (Sagarpa), aunque estos servicios en realidad no fueron proporcionados.
En las auditorías realizadas desde 2012 y hasta 2016 en las que detectó este esquema de presunto desvío, la ASF había publicado los nombres de las empresas, pero por primera vez sólo las enumera y se refiere a ellas como “personas morales”.
Dicha omisión se observó en el Tercer Informe de Cuenta Pública de 2017, entregado este miércoles a la Cámara de Diputados, y el primero elaborado en la administración del nuevo auditor, David Colmenares, quien inició funciones en marzo de 2018 en sustitución de Juan Manuel Portal.
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En Informe se comprueba que el gobierno de Enrique Peña Nieto mantuvo en 2017 el mismo esquema de desvío de recursos conocido como La Estafa Maestra y mediante el cual más de 351 millones de pesos de dinero público desaparecieron en las secretarías de Desarrollo Territorial, que encabezaba Rosario Robles, y de Agricultura, que tenía a José Calzada como titular.
Dichas dependencias utilizaron en 2017 a la Universidad Politécnica de Tlaxcala, la Tecnológica de Campeche, el Instituto Tecnológico Superior de Centla y nuevamente a Radio y Televisión de Hermosillo (Telemax), y cada una subcontrató a empresas que no hicieron los servicios porque, en algunos casos, ni siquiera existían, según determinaron las auditorías.
Leer: Pese a denuncias, en 2017 se repitió La Estafa Maestra en la Sedatu y Sagarpa
Animal Político solicitó este jueves a la Auditoría una entrevista para conocer los criterios por las cuales decidieron omitir los nombres de las compañías, pero no hubo respuesta.
Ante esto, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) hace un exhorto a la Auditoría Superior de la Federación a publicar los nombres de las personas morales, toda vez que la Ley General de Transparencia priva el derecho a saber quienes reciben recursos públicos.
“Invitamos a que se reconozca que la fracción 27 del artículo 70 de la Ley General de Transparencia obliga a que en cualquier circunstancia se de a conocer los nombres de las empresas beneficiadas por cualquier tipo de mecanismo de algún bien público”, aseguró el comisionado presidente del INAI, Francisco Javier Acuña, en entrevista con Animal Político.
Acuña advirtió que el trabajo de la Auditoría es indispensable para la fiscalización de los recursos públicos y su buen trabajo ha abonado a la rendición de cuentas en el país, por lo que siempre se parte del principio de “buena fe” y esta omisión, dice, probablemente obedece al cuidado que las instituciones de gobierno tienen respecto a señalamientos sobre la probable comisión de delitos.
Sin embargo, también existe el principio de “buscar la corrección del error”, por lo que la Auditoría tendría que revisar y corregir esta decisión, porque en este caso no se trata de un proceso penal que sí exige la secrecía en la investigación, y por tanto, “esos nombres no se pueden omitir”, dijo el comisionado presidente.
Muna Dora Buchahin, exauditora general del área de Auditoría Forense de la ASF y quien encabezó las investigaciones de 2013 y 2014 que sirvieron de punto de partida para la investigación periodística La Estafa Maestra, aseguró que ocultar los nombres de las empresas significa un “retroceso” en la Auditoría porque “la omisión abona a la impunidad” y ésta decisión es “un inhibidor en la rendición de cuentas y una censura hacia los ciudadanos”.
El criterio que ella y su equipo utilizaron en años anteriores para hacer público el nombre de las empresas fue preponderar los principios de máxima publicidad y transparencia establecida en la Constitución pues “todo lo que toca el gobierno se vuelve público”, explicó a Animal Político.
La exfuncionaria afirma que los ciudadanos tienen derecho a información clara, completa, oportuna y accesible sobre las actividades mediante las cuales se ejercen recursos públicos y “los funcionarios públicos no tenemos el derecho subjetivo de decir qué reservo y qué no. Tenemos la obligación de dar publicidad a los actos relacionados con nuestras atribuciones e informar nuestros hallazgos”.
Dar a conocer el nombre de las empresas no viola ningún derecho a la intimidad ni datos personales porque se trata de compañías que realizaron actos con la administración pública y “no son actos entre particulares”, aseguró Buchahin.
Además, los informes de auditoría no son investigaciones penales, por lo que argumentar que dicha información forma parte de actos judiciales que pudieran ser afectados no sería válido, advierte Buchahim.
Aunque Buchahin encabezó las auditorías que evidenciaron la presunción de delitos y que originó 22 denuncias penales ante la entonces Procuraduría General de la República (PGR) por este esquema de desvío, fue separada del cargo el 23 de mayo de 2018, dos meses después de la administración del nuevo auditor argumentando un supuesto “conflicto de interés” por parte de la funcionaria.
Sin embargo, Buchain aseguró en una carta que su separación fue “tan sorpresiva como improcedente”, por lo que pedía las razones precisas para separarla del cargo.
La transparencia
La Auditoría es un organismo autónomo técnico de la Cámara de Diputados, por lo tanto es a la entidad que debe responder. El diputado Tonatiuh Bravo, integrante de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, que recibió el Informe este miércoles, dijo que pidió explicación a los funcionarios de la Auditoría respecto al cambio en la presentación de los informes, pero tampoco respondieron.
En entrevista con Animal Político, el diputado de Movimiento Ciudadano, aseguró que insistirán en el tema para conocer las razones, porque debería privar la transparencia “una vez que se concluye la investigación y se tiene un límite de presunto y se tiene una mínima de corroboración, debe comunicarse”.
Marco Fernández, coordinador de Anticorrupción y Educación en la organización México Evalúa y profesor-investigador de la Escuela de Gobierno y Transformación Pública del Tec de Monterrey, aseguró que el nombres de las empresas “debe ser público” porque así lo establece la Ley General de Transparencia y de las disposiciones generales de Compranet.
En el artículo 6 de la Ley General de Transparencia se establece que el Estado “garantizará el efectivo acceso de toda persona a la información en posesión de cualquier entidad”, incluyendo a “cualquier persona física, moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito de la Federación, de las Entidades Federativas y los municipios”.
Mientras que el artículo 115 mandata que “no podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción”. Sólo puede considerarse como información confidencial los datos personales, los secretos bancario, fiduciario, industrial, comercial, fiscal, bursátil y postal (…) o a sujetos obligados cuando no involucren el ejercicio de recursos públicos”.
Incluso, el investigador Marco Fernández sostiene que los convenios entre las dependencias y universidades deberían publicarse en el Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental (Compranet), toda vez que en los lineamientos se establece que es publicar en dicho siste
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