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Espinosa Torres enloda reputación de AMLO


Ante el acoso de los reporteros de la fuente política, el diputado José Juan Espinosa Torres no dudó en enlodar la reputación de Andrés Manuel López Obrador, al realizar actos de corrupción que contravienen las leyes vigentes de la entidad.
En papel membretado del H. Congreso del Estado, el diputado José Juan Espinosa Torres firmando como presidente del Comité de Administración solicitó al presidente municipal de Atlixco, Ricardo Camacho Corripio, con fecha del 4 de julio, la plaza principal para realizar un mitin político en favor de Andrés Manuel López Obrador, que se realizó el pasado 13 de julio.
Espinosa Torres valiéndose de su cargo como diputado, solicitó el "apoyo" en favor de la causa convergente y contraviniendo las disposiciones legales vigentes.
El diputado local, Espinosa Torres, en hoja membretada con el logotipo de la LVIII Legislatura y firmada de puño y letra, como presidente de la Comisión de Administración del Patrimonio y de los Recursos Materiales, Técnicos y Humanos solicitó el apoyo para el mitín político por conducto de la estructura del H. Congreso, al hacer uso del personal de Apoyo Parlamentario, para la notificación de dicho oficio, lo cual, contraviene la legislación local y federal vigente.
El abogado del Barzón Fiscal Mexicano, Enrique Verde, afirmó que la fracción III del artículo 407 del Código Penal Federal, el diputado de Convergencia, Espinosa Torres, habría incurrido en el delito de peculado y podría hacerse acreedor a una multa de 200 a 400 días de salario mínimo y a prisión de uno a nueve años, en virtud de que dicho ordenamiento establece que:

“Artículo 407.- Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de uno a nueve años, al servidor público que: (…) III. Destine, de manera ilegal, fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición en virtud de su cargo tales como vehículos, inmuebles y equipos, al apoyo de un partido político o de un candidato, sin perjuicio de las penas que pueda corresponder por el delito de peculado; o

“IV. Proporcione apoyo o preste algún servicio a los partidos políticos o a sus candidatos, a través de sus subordinados, usando del tiempo correspondiente a sus labores, de manera ilegal”.

En cuanto a la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado, el diputado de Convergencia, habría violado lo establecido en el artículo 50 fracción III que señala claramente que:

(…) III.- Utilizar exclusivamente para los fines que estén afectos, los recursos que tengan asignados para el desempeño de su empleo, cargo o comisión, las facultades que le sean atribuidas o la información reservada que obtengan con motivo de sus funciones”.

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