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Evercore

A finales de 2012, el Estado de Puebla creó un mecanismo para que los recursos que provienen del impuesto sobre nómina sean extraídos de las arcas estatales y enviados al patrimonio de un fideicomiso privado, conocido como F/0144. Dicha afectación se hizo de manera irrevocable e indefinida por, al menos, 50 años. Dicho Fideicomiso es administrado por la empresa Evercore, de la cual fungía como accionista el exsecretario de Hacienda, Pedro Aspe.

La organización Mexicanos Contra la Corrupción expuso este lunes que podría pensarse que dicho mecanismo es inofensivo, sin embargo, el Gobierno de Rafael Moreno Valle y el ahora Gobernador Gali se han abstenido de rendir cuentas bajo el argumento de que el fideicomiso al cual se afectaron los recursos públicos es privado y que, por lo tanto, no son aplicables frente a los ciudadanos los principios y controles de transparencia, fiscalización y rendición de cuentas. Asimismo, el mecanismo implementado no permite que el Congreso determine la mejor manera de gastar dichos recursos, por lo que se deja esa esencial labor al arbitrio del Gobernador. La ausencia de dichos controles genera opacidad y puede dar pie a actos de corrupción.

Asimismo, al enviarse al fideicomiso el impuesto sobre nómina con el propósito de financiar todo tipo de proyectos de infraestructura a un sinnúmero de proveedores indeterminados se constituye un mecanismo de deuda, pues se afectan recursos públicos con la finalidad de solventar el pago de una amplia gama de proyectos, por lo que el estado de Puebla y sus ciudadanos resultan en realidad deudores frente a los distintos proveedores designados como fideicomisarios.

Al detectar dicha cuestión, en mayo de 2016, Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad emprendió un litigio estratégico junto con la empresa Naral del Centro, contribuyente del impuesto sobre nómina, a fin de lograr que el Poder Judicial de la Federación se pronuncie acerca de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del mecanismo implementado por Rafael Moreno Valle, mismo que será resuelto en sesión pública este miércoles 13 de diciembre a las 10:30 horas.

El tema más relevante de lo que dependerá que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en Puebla realice un pronunciamiento de fondo, es si una empresa contribuyente del impuesto sobre nómina tiene interés legítimo respecto al manejo de dichos recursos. Es decir, el Poder Judicial de la Federación se pronunciará acerca de si un contribuyente tiene derecho a conocer, a través del juicio de amparo, si es constitucional la forma en la que se implementan los impuestos que aporta al Estado.

“En caso de que los Magistrados determinen que una empresa poblana, contribuyente del impuesto sobre nómina, no tuviera interés legítimo para solicitar que se revise la constitucionalidad de un fideicomiso como el implementado por Rafael Moreno Valle, entonces, ¿quién podría hacerlo?”, cuestiona la organización.

Rechaza tribunal amparo contra EVERCORE
e-consulta |  Patricia Méndez  |  Miércoles, Diciembre 13, 2017

El Poder Judicial de la Federación (PJF) rechazó el amparo que la empresa Naral del Centro y la asociación civil Mexicanos Contra la Corrupción, presentaron con el fin de anular el fideicomiso que administra los recursos del Impuesto Sobre la Nómina (ISN).

Los magistrados que integran el pleno del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa consideraron que el juicio de amparo no fue la vía legal adecuada para demostrar que el fideicomiso es inconstitucional, por lo que este miércoles emitieron una sentencia en contra de los quejosos y cerraron la discusión del asunto.

La organización ciudadana consideró que en esa determinación, los jueces limitan las vías legales que un ciudadano tiene para demostrar que una figura administrativa de ese tipo no cumple con lo que establece la Constitución.

Los antecedentes

El ISN es un impuesto que el gobierno de Puebla cobra a las empresas. En 2012, durante la gestión del exgobernador Rafael Moreno Valle, se creó un fideicomiso para administrar esos recursos y que estos sirvan como una garantía de pago de obras que se contrataron a largo plazo, como el Centro Integral de Servicios (CIS), el Museo Internacional Barroco (MIB) y la plataforma sobre la que se construyó la armadora Audi en San José Chiapa.

El capital es administrado de forma privada por la empresa Evercore, por lo que no es posible conocer detalles como su duración o el monto que se paga a esta firma por manejar los recursos.

Las inconformidades

La creación de esa figura ha inconformado a diversos activistas, políticos, y organizaciones no gubernamentales, entre ellos Mexicanos Contra la Corrupción, pues consideran que no es transparente a pesar de que administra recursos públicos, lo que ocasiona que no se sepa con exactitud cuál el destino de ese dinero.

La agrupación asesoró a la empresa poblana Naral del Centro para que presentara un juicio de amparo en contra del fideicomiso, con la intención de que se reconociera su interés legítimo en el asunto, y que este fuera declarado como inconstitucional, el cual fue admitido en el expediente 142/2017 del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito.

Este miércoles, los tres magistrados que integran el pleno de esa instancia, confirmaron la sentencia que previamente un juez ya había emitido sobre el caso, la cual indica que, aunque Naral del Centro es una empresa contribuyente poblana, aún carece de interés legítimo para hacer reclamaciones sobre el tema.

Los jueces también señalaron que el juicio de amparo no es la vía legal adecuada para demostrar que el fideicomiso no es constitucional, argumento que fue expuesto por el magistrado ponente Jorge Higuera Corona, y  fue aplaudido por los otros dos integrantes del pleno: Diógenes Cruz Figueroa y Luis Manuel Villa Gutiérrez.

Durante el desarrollo de la audiencia, Cruz Figueroa explicó que después de analizar el asunto, concluyó que el interés de fondo de la empresa quejosa es demostrar que el fideicomiso no es transparente, pero insistió en que el camino legal para demostrarlo no es un juicio de amparo, sino una acción de inconstitucionalidad.

Refutan resolución

Sin embargo, la asociación civil refutó el argumento, pues indicó que la ley no faculta a un ciudadano para presentar una acción de inconstitucionalidad, sino únicamente a instancias de gobierno como los ayuntamientos, a un gobernador o a organismos como la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), entre otros.

La agrupación opinó que, en realidad, los jueces no quisieron adentrarse en la discusión del tema, y con su decisión cerraron la posibilidad de que un particular se interese por un tema público como la integración del fideicomiso del ISN.

Aún están por resolverse otros amparos que se presentaron con el mismo objetivo, entre los que destacan los interpuestos por Enrique Cárdenas Sánchez, académico y actual aspirante a la gubernatura de Puebla por la vía independiente, así como el del litigante Rodrigo Diez Gargari.

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