Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) impugnaron en la Sala Superior del TEPJF la decisión del INE de asumir la totalidad del proceso electoral de la gubernatura y quitar al órgano local la facultad de atender las quejas derivadas del mismo.
15 de febrero de 2019
A travĆ©s de un juicio electoral demandaron al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) echar abajo el acuerdo INE/CG40/2019, mediante el cual se ejerció la asunción total de las elecciones extraordinarias al gobierno estatal y las alcaldĆas de Ahuazotepec, CaƱada Morelos, Mazapiltepec, Ocoyucan y Tepeojuma.
El recurso fue promovido el jueves directamente por Norma AngĆ©lica Sandoval SĆ”nchez, presidenta del TEEP, asĆ como por sus compaƱeros JesĆŗs Gerardo Saravia Rivera y AdriĆ”n RodrĆguez Perdomo.
En su demanda los magistrados se duelen de haber quedado fuera del proceso comicial, ya que el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que todas las inconformidades –tanto de partidos como de candidatos-- serĆ”n atendidas por el Tepjf y no por el tribunal poblano.
A decir de los agraviados, esta medida estarĆa violando el federalismo, ya que se niega la participación de los órganos locales, a quienes por ley corresponde la organización y revisión de las elecciones en el estado.
En el juicio con nĆŗmero de expediente SUP-JE-18/2019 tambiĆ©n se impugna el “documento” en el cual se basó la consejera Pamela San MartĆn RĆos y Valles para anunciar que el TEEP no serĆa competente para conocer de los procesos electorales extraordinarios.
Esta manifestación la hizo en la rueda de prensa del 7 de febrero en la ciudad de Puebla, cuando se instaló la junta local del INE y se inició formalmente con el proceso comicial.
Asociación de tribunales reprueba asunción
Ese mismo dĆa el TEEP hizo pĆŗblica su resistencia a la asunción mediante un comunicado firmado por Saravia Rivera y CĆ©sar Lorenzo Wong Meraz, presidente de la Asociación de Tribunales Electorales de la RepĆŗblica Mexicana (ATERM), en el cual condenaron enĆ©rgicamente la decisión del INE.
Acusaron que el aval de los consejeros se basó “en peticiones partidistas o gubernamentales y no en resultados concretos” del tribunal local, en referencia a que la asunción fue solicitada por Morena, luego por el PAN y finalmente por todo el Congreso del estado.
“La decisión adoptada por el INE resulta injustificada en el marco institucional que rige en MĆ©xico, sin actualizarse un supuesto real y sustentado que amerite la asunción en tĆ©rminos del inciso a), apartado C, base V del artĆculo 41 constitucional, en relación con el diverso 121 de la Legipe”, seƱaló el escrito.
Agregaron que “la determinación del INE incide en el desarrollo de las tareas del Tribunal Electoral del Estado de Puebla, el cual, al igual que todos los Tribunales Electorales Locales desempeƱa una función social que obedece al mandato constitucional para que se tenga, de primera mano y en forma pronta y expedita, una jurisdicción que atienda de manera efectiva los conflictos que se generen como resultado de las contiendas electorales”.
Su oposición contrasta con la neutralidad del Instituto Electoral del Estado (IEE), que horas despuĆ©s de que por unanimidad fue aprobada la asunción el 6 de febrero, emitió un pronunciamiento en el que Ćŗnicamente afirmó que su trabajo en todo momento fue “hecho con estricto apego a los principios rectores de legalidad, imparcialidad, objetividad, certeza, independencia y mĆ”xima publicidad”.
La inconformidad de los magistrados del TEEP serĆ” analizada por la ponencia del Reyes RodrĆguez Mondragón, quien se encargarĆ” de analizar su procedencia y emitir una resolución, al mismo tiempo que el INE continuarĆ” con la organización de la elección de la gubernatura y las cinco alcaldĆas.


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